este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Conversión en Divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos HEYMAN JAVIER FADER ARANGUREN y MAYERLING ELENA MONGES GUEDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.411.083 y V-14.269.432, respectivamente, ante la Jefatura Civil, Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 28 de noviembre de 2000, bajo el Acta Nº 451, folio 277 vto, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho durante el año 2000.
En cuanto a las instituciones familiares en beneficio del niño de autos, se establece lo siguiente:
PRIMERO: Se suspende la vida en .....