Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre los ciudadanos MARÍA TERESA ALVAREZ, CARLOS ALBERTO BARRIOS, HÉCTOR MANUEL CAPRILES ECHEVERRÍA, JESÚS HUMBERTO CAYAPA GRANADILLO, JESÚS ORLANDO HERNÁNDEZ CONTRERAS, NELIS DEL VALLE REYES, ELDA JOSEFINA RONDÓN DE HERNÁNDEZ e IVÁN DARIO VILLASMIL ESIS, titulares de las cédulas de identidad Número 3.581.714, 16.227.681, 974.576, 2.347.956, 3.883.892, 3.956.458, 2.963.242 y 2.107.795 respectivamente y la parte demandada, FUNDACIÓN METALMECÁNICA PARA LA CAPACITACIÓN INDUSTRIAL (FUNDAMETAL), ambas partes suficientemente identificadas en autos, a la cual se le confiere efecto de cosa juzgada.