Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decreta: 1.- se decreta la aprehensión del imputado JOSE LUIS MOLERO ALTUVE como flagrante de conformidad con el artículo 250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal. 2.- se precalifica el hecho como ROBO AGRAVADO de conformidad con el artículo 458 del CODIGO PENAL. 3.- se decreta la aplicación del proceso ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. 4.- se decreta la medida de PRICACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250, 251 eiusdem, y se designa como lugar de reclusión el Departamento policial Nº 38 El Cumbe, líbrese la correspondiente boleta de encarcelación. 5.- La presente acta contiene el auto fundado de la decisión, téngase la misma como resolución de la presente audiencia. 6.- se acuerdan las copias solicitadas por la defensa El Tribunal le hace entrega a la Fiscal V del ministerio público.....