En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara IMPROCEDENTE el recurso de hecho ejercido por el ciudadano Julio Cesar Colmenares, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de junio de 2013 por éste Tribunal, por no cumplirse con las formalidades necesarias para su procedencia a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (2010) y el Código de Procedimiento Civil.