Vencido el lapso señalado para formular objeciones al informe del Partidor designado, sin que ninguno de los interesados formulare objeción alguna, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONCLUIDA la presente PARTICIÓN, conforme lo estableció el Partidor en su informe definitivo presentado en fecha 14 de junio de 2.011 y que riela a los folios del 208 al 238, ambos inclusive. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, a los ocho (8) días del mes de agosto de dos mil once (2011). Añ.....