el tribunal considera cumplidas las condiciones impuestas al ciudadana, Cira Irene Rivas, titular de la cedula de identidad N°9.318.620 Venezolana, mayor de edad de 39 años, natural de la Quebrada estado Trujillo, hija de Catalina Araujo y Arturo Rivas, ocupación comerciante, domiciliada en la Quebrada casa s/n diagonal a la plaza Bolívar Municipio Urdaneta Estado Trujillo, Por las razones antes expuestas este tribunal de primera instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera este tribunal que revisadas las actuaciones en la causa seguida a la ciudadana Cira Yrene Rivas Araujo, que en fecha 8 de junio de 2007 en audiencia preliminar la ciudadana imputada admitió los hechos para acogerse la suspensión condicional del proceso habiéndosele impuesto por el Tribunal la condición de presentación bimensual ante la prefectura del Municipio .....