DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y derecho, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA CORRECCIÓN de la decisión definitivamente firme dictada en fecha 22 de marzo 2024, en la presente causa, solicitada por la ciudadana VALERO RENDÓN ODALIS DEL ROSARIO, en su carácter de demanda.
SEGUNDO: TÉNGASE COMO CORREGIDO el error material cometido en el fallo dictado en fecha 22 de marzo del 2024, en el sentido de la identificación de la demandada de autos como VALERO RENDÓN ODALIS DEL ROSARIO siendo su cedula de identidad V-9.172.736.
TERCERO: Téngase la presente decisión como un auto complementario del fallo dictado en fecha 22 de marzo del 2024.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Constituci.....