DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone a las ciudadanas ERIKA JOSEFINA RODRIGUEZ, y LOENDRY DEL VALLE VILLALOBOS PIÑERO, titulares de la Cédula de Identidad Nos. V- Nº 14.306.977, y V- 14.257.461, respectivamente, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la prevista en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3 y 5, consistente en las presentaciones periodicas por ante la taquilla de presentaciones del circuito judicial penal del Estado Lara cada 8 días, y prohibición de acercarse a los establecimientos de FARMATODO del país, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8 del Códi.....