ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a los ciudadanos YOSMER BRAVO CORONADO, ENDER DE JESUS BRAVO SEGOVIA Y EMILIO JOSE CORONADO, antes identificados, conforme al artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del mencionado código orgánico procesal penal. Se acuerda remitir copia certificada de actuaciones a la Fiscalía actuante en su oportunidad legal correspondiente. Quedan las partes notificadas de la presente decisión. Esta decisión se basa en los artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 248, 250, 256 y 372 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26, y 257 constitucionales, por lo que informa a las partes que la presente acta contiene el auto fundado de la decisión. Concluyó el acto, siendo las 11:20 a.m. Se procedió en forma oral y privad.....