Por las razones antes expuestas este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena EXPEDIR ORDEN para que el ciudadano PEDRO JOSE PEÑA HERNANDEZ, venezolano, cédula de identidad N° 10914750, nacido el 9 de octubre de 1971, casado, electricista, natural de Valera estado Trujillo, hijo de Ana María Hernández y Rafael Antonio Peña, residenciado en la casa N° 4-81, de la calle carambú del sector Los Cedros, Betijoque estado Trujillo, sea APREHENDIDO, por haberse dictado en su contra, en fecha 16 de enero, sentencia definitiva por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1, a través de la cual se condenó a cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRISION por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionando en el artículo 405 del Código penal.
Líbren.....