Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA HOMOLOGADO el Desistimiento efectuado en fecha 07 de Agosto de 2012, del Recurso de Apelación de Auto, interpuesto en fecha 24 de mayo de 2012, por el Abogado CARLOS CORTEZ RIERA, Defensor Público Segundo Penal Ordinario Extensión Carora, contra de la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara – Extensión Carora, en fecha 24 de Abril de 2012 y fundamentada el 09 de Mayo de 2012, mediante la cual mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano ADILIO JESUS QUINTERO GOMEZ.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la decisión dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, de est.....