Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 27 de octubre de 2008, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, oír en ambos efectos la apelación interpuesta por la parte demandada contra el acta de fecha 13 de octubre de 2008, luego de lo cual deberá remitir las actuaciones correspondientes a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para que proceda a la distribución de la causa a los Juzgados Superiores del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, pa.....