DECISIÓN
En virtud a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda interpuesta por Firma Mercantil CENTRO CAUCHOS TENERIFE, C.A, asistido en este acto por el abogado RUBEN DARIO RODRIGUEZ, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.096, por Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad del Acto Administrativo contra la Providencia Administrativa Número 1.064, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, sede Barquisimeto Centro, de fecha 23 de Agosto de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 decimoquinto aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo previsto en .....