DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Abg. Fernando José Colmenarez Uzcategui y Abg. Cesar José González Torin, en su condición de Defensores Privados del ciudadano NESTOR COLMENAREZ CARPIO, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17 de Febrero de 2014, se pronunció respecto a la remisión del recurso de apelación signado con el N° KP01-R-2013-000582, a esta Corte de Apelaciones, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la viola.....