Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Elizabeth Sayago, Fanny Mujica y Pastor Pimentel, Defensores Privados del ciudadano ANZONI JESUS SANTANA PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 24.417.587, contra la decisión dictada en fecha 21 de Septiembre de 2017 y fundamentada en fecha 11 de Enero de 2018, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los ciudadanos YORDI PEÑA YÉPEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.348.587 y ANZONI JESUS SANTANA PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 24.417.587, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVO INNOBLE, previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Penal. Se fija la Audiencia Oral para el día MIERCO.....