DECISIÓN
Con fundamento de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional y, en consecuencia, declina la competencia en el referido Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo al cual se ordena remitir las presentes actuaciones, con oficio. Anótese su salida.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la ciudad de Trujillo, el once (11) de Noviembre de dos mil catorce (2014). 204º y 155º.
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
Ab.....