Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de rectificación de Partida de Nacimiento formulada por el ciudadano José Luis López Colmenares. ya identificado, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano José Luis López Colmenares y, en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, del precitado ciudadano, en el sentido que, donde aparezca la fecha de su nacimiento como Veintinueve (29) de Febrero deberá decir Veintiocho (28) de Febrero de de Mil Novecientos Cincuenta y Tres (1953), partida que se encuentra asentada en los libros de nacimientos que aparece asentada en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sant.....