DISPOSITIVA
Por las rezones antes expuestas, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Defensora Pública Abg. YOLY MENDEZ, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, modificando la Medida cautelar del Artículo 582 Literal "A" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en el sentido de AUTORIZARLE, a asistir a sus clases de 12:00 del mediodía a 06:30 de la tarde, según, debiendo el adolescente luego de culminada las actividades escolares retornar a su domicilio, esta autorización se otorga de conformidad con el Artículo 59 y siguiente de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Líbrese Oficio a la Comisaría encargada de la vigilancia y supervisión de la medida a los fines de que tenga conocimiento de la autorización otorgada, y del cambio de dirección donde el adolescente debe cumplir con su detención, quedando fijada como nueva dirección la siguiente: calle 1 co.....