En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente apelación ejercida por la recurrente en amparo, contra la sentencia dictada por el Tribunal de la causa en fecha 25 de mayo de 2022 que declaró inadmisible de manera sobrevenida el presente recurso de amparo interpuesto por la ciudadana Yalitza Josefina Acuña de Orellana, contra el ciudadano José Manuel Benitez Olmos, identificados.
SE ORDENA el restablecimiento de la situación jurídica infringida por el querellado de autos, ciudadano JOSE MANUEL BENITEZ OLMOS, por si y por intermedio de algún familiar o de terceras personas, contra la ciudadana YALITZA JOSEFINA ACUÑA DE ORELLANA, POR LO QUE SE ORDENA AL AGRAVIANTE, POR SI OO POR INTERPUESTAS PERSONAS, CESAR O.....