DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas ESTE TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE JUICIO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA AL CIUDADANO José Luís Mejias Briceño, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº 11.897.143 (NO PORTA ), de ocupación atendiendo en la licorería agencia de festejos el dividive, hijo de Nicolás Segundo Mejias y Ramona Maria Quintero, natural de Sabana Grande Municipio Bolívar, de 39 años de edad, nacido en fecha 23-05-70, residenciado en sabana Grande, calle Bolívar, casa numero 130, color de la casa azul, a una cuadra del ambulatorio del sector, municipio Bolívar del Estado Trujillo, INOCENTE, por consiguiente lo ABSUELVE, de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en perjuicio de la ADOLESCENTE -----.....