Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda: Procedente la Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad acordada al ciudadano JUNIOR SEGUNDO CEGARRA, , titular de la cédula de identidad Nº V- 19.794.307, Venezolano, de 25 años, nacido en fecha 22/08/1983 de ocupación Comerciante hijo de Maritza Coromoto Cégarra y Rafael Benítez Segundo, estado civil soltero, domiciliado en Santa Cruz Sector Las Terrazas calle Cuarta Etapa casa Nº 27 color verde a cinco casas de la Bodega de la Negra, municipio Valera estado Trujillo, imputado por la comisión de los Delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, delitos previstos y sancionados en el artículo 39 y 42 concatenado con el artículo 65 numeral 1º todos de la Ley Orgánica.....