En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 318.1 eiusdem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JESUS MARIA GONZALEZ SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 17.319.681, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 455 numeral 5 del Código Penal.
Notifíquese a la fiscalía Cuarto del Ministerio Público, al defensor Público, Abg. Rocío Valbuena, y al ciudadano Jesús Maria González Sánchez. Por cuanto no se ha puesto fin al proceso, no se notifica a la victima.
Por cuanto la presente decisión tiene efectos análogos a los de la sentencia absolutoria, a los fines sea excluido el registro del ciudadano JESUS MARIA GONZALEZ SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 17.319.68.....