Por las razones expuestas, este tribunal de Control N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud fiscal , y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa a favor de la ciudadana LISETH CAROLINA TERAN VERGARA , titular de la cèdula de identidad Nª 10.910.909, del mismo domicilio de la vìctima y de 35 años de edad por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 20 de la ley sobre la violencia contra la mujer y la familia derogada, que califica el Ministerio Público, en agravio del ciudadano: JUAN CARLOS SANTANA ARAUJO titular de la cédula de identidad Nª 9.497.138, residenciado en la Urbanización La Esperanza, edificio Los Naranjos 2, apartamento 52-C, Piso 05, Valera, Estado Trujillo, de 37 años de edad, conforme al artículo 318 numeral 4ª del Código Orgánico Procesal Penal.