Consta en autos que el Penado GERARDO RAFAEL PÉREZ, fue detenido el 01/ABRIL/2007, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental; por lo que hasta hoy ha cumplido de la pena impuesta 03 AÑOS Y 14 DÍAS, pero al mismo tiempo le fue Redimida la pena por el trabajo y el estudio, como se evidencia en autos en fecha 21/01/09, por el lapso de 08 meses y 10 días, en fecha 04-06-2009 por el lapso de 02 meses y 14 días, y en fecha 26-03-2010 por el lapso 05 meses, 04 días y 12 horas, lo que se le sumaría a la pena cumplida, dando un total de pena cumplida con redención de 04 AÑOS, 04 MESES, 12 DÍAS Y 12 HORAS; faltándole en consecuencia por cumplir 07 AÑOS, 07 MESES, 17 DÍAS Y 12 HORAS DE PRESIDIO, pena que extingue justamente el día 03 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 12M, (03-12-2017, A LAS 12M).
Dicho penado podrá optar a las medidas alternativas del cumplimiento de pena, conforme el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, como son:
Destacamen.....