este Juzgado de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de PARTICION DE HERENCIA, intentado por la ciudadana JANETH JOSEFINA PEÑA DE ARANGUREN, venezolana, titular de la cédula N° V- 12.247.778, de este domicilio, contra los ciudadanos MARITZA DEL SOCORRO PEÑA DE RODRIGUEZ, SOBEIDA RAMONA PEÑA DE PEREZ, YALILE DEL CARMEN PEÑA, JUAN JOSE PEÑA, y YOLIMAR DEL CARMEN PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos V- 5.243.926, 7.321.889, 7.373.026, 12.247.713 y 17.878.000, respectivamente, y de este domicilio.