D I S P O S I T I V A
En fundamento a las razones de hecho y de derecho, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA que intentó la ciudadana María Emilia Castellanos Castellanos en contra de Yomber Apolinar Santiago Castellanos, Jesús Santiago, y Dulce María Salas Andrade, todos identificados en autos.
SEGUNDO: SE DECLARA que entre la ciudadana María Emilia Castellanos Castellanos, identificada en autos, y el causante José Apolinar Santiago, existió una relación concubinaria a partir del año 1.983 hasta el 29 de agosto de 2.004.
TERCERO: SE DECLARA sin lugar la RECONVENCIÓN que por declaración de unión concubinaria intentó la ciudadana dulce María Salas Andrade e.....