declara CON LUGAR, la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención....En consecuencia, se fija la Obligación de Manutención, que debe satisfacer el obligado, ciudadano FREDDY ANTONIO PADILLA SALGUERO, en la suma de TRESCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 314,82) MENSUALES, como Obligación definitiva de Manutención que debe satisfacer el demandado en este juicio, la cual es equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del ingreso básico mensual, devengado por el demandado, ciudadano FREDDY ANTONIO PADILLA SALGUERO, en la empresa "AZUCARERA RIO TURBIO, C.A."., a favor de su hijo y beneficiario en esta causa, (OMISION DEL NOMBRE CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de 6 años de edad. ....