El padre ciudadano JULIO CESAR MEJIAS GEREZ, le pasará a su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200, oo) mensuales, como obligación de manutención, los cuales serán cancelados quincenalmente, y serán depositados en cuenta de ahorros que se aperturará para tal fin, así mismo los gasto de salud serán compartidos por ambos progenitores, y los gastos de vestidos serán suministrados por el padre, en el mes de septiembre aportará la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200, oo) por concepto de inicio de año escolar y en el mes de diciembre la suma de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo) por concepto de aguinaldos.