Primero: Inadmisible sobrevenidamente la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Macly Isabel La Cruz Vielma, titular de la cédula de identidad V-11.262.197, en su condición de representante legal de la víctima, debidamente asistida por la ciudadana abogada Betty Rodríguez, IPSA 31.190, en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, sede Barquisimeto, regido por la Jueza Yraida Caldera, en la causa KP01-S-2023-000878, por incurrir en la causa del inadmisibilidad prevista en el artículo 6, numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Segundo: Se acuerda oficiar a la Jueza regente del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, sede Barquisimeto, a objeto de instarla a que como garante de la correcta adm.....