III
En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATAN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRICION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos OTTO DANIEL TORRES y GLADYS ANTONIA OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 3.521.361 y 3.214.299, domiciliado el primero en la calle 7, Casa No. 15-87, Sector Centro de Valera Estado Trujillo y la segunda en la Avenida Principal de Mucuche, Casa No. 69, Municipio Pampan del Estado Trujillo, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Matriz Trujillo del Estado Trujillo, en fecha 23 de Enero de 1977.
La presente decisión se dicta con fundamento a lo previsto en el Artícu.....