Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos a lo largo de la presente decisión este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Seccional de Adolescentes, en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La Cesación de la Sanción, conforme al artículo 647.h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que cumplía el joven sancionado ____ya identificado, por el delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES INTENCIONALES GRAVÍSIMAS, previstos en los artículos 458 y 416 respectivamente del Código Penal. Notifíquese mediante boleta a las partes de la presente decisión. Ofíciese al Equipo Multidisciplinario informando sobre el cese para el correspondiente archivo del expediente administrativo.- Cúmplase lo ordenado.