PRIMERO: Con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana LEIDE FABIOLA MONCADA APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.305.973 contra la sociedad mercantil GRUPO BOULLOSA C. A. y se condena a la demandada a pagar los conceptos determinados en la parte motiva de ésta decisión que se dan aquí por reproducidos, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.