´DECISIÓN.
Porlos fundamentos de hecho y de derecho, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus:Deyamira Coromoto Mendoza Araujo, quien era titular de la cédula de identidad Nº V- 9.641.451, y falleció en fecha tres (03) de marzo de dos mil veinticinco (2025), según consta del acta de defunción N° 94,de fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil veinticinco (2025), expedida por el Registrador Civil del Municipio Trujillo, Estado Trujillo, a los ciudadanos: Kerwin Alexander Mendoza, Keiver Alejandro Pujol Mendoza y Aimar Karina Gil Mendoza, titulares de la cedula de identidad números 18.035.349, 18.925.402 y 20.709.971, respectivamente; en su condición de hijos.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros .....