Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA EXPEDIR ORDEN para que la ciudadana EDILSA JOSEFINA DAVILA, venezolana, soltera, agricultora, cédula de identidad N° 12722982, natural de Valera estado Trujillo, hija de José Montilla y María Mercedes Dávila, domiciliada en Petare, Municipio Sucre, vía Mariche, sector las tres J, escalera Las Margaritas, casa sin número, Distrito Capital, sea APREHENDIDA por los órganos policiales y sea conducida al tribunal, para una vez escuchada su argumentación resolver sobre la revocatoria o no de la forma alternativa de cumplimiento de pena otorgada.