DECLARA:PRIMERO: CON LUGAR la revisión solicitada por el ciudadano LUIS ALBERTO ARNALDI BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 9.176.947, en contra de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 16 de septiembre de 2002, en consecuencia, queda establecida la disminución de la obligación alimentaria equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del Salario Mínimo Urbano Nacional Obligatorio, el cual se incrementará automáticamente en la medida y porcentaje que así lo acuerde el Ejecutivo Nacional