D I S P O S I T I V A
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO basado en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por la ciudadana: RODRIGUEZ NIVIA ISABEL, contra su cónyuge VALERO JORGE ALFONSO, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante la Prefectura Civil de la Parroquia el Recreo, departamento Libertador, distrito Federal Caracas, 24 de mayo de 1989 conforme consta del acta de matrimonio signada con el N° 49, que corre inserta al folio siete (7) de este expediente.
No hay condena en costas debido a la naturaleza de la acción.
Déjese por secretaría copia c.....