Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a: FREDDY BRICEÑO, por el delito de: VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, en agravio de: MARÍA ELENA ARAUJO DE BRICEÑO, POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, ordinales 3º , 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 5º del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión, y en su debida oportunidad remítase al Archivo Central de este Circuito con el consecuente cierre informático de la Causa.
La JUEZ DE CONTROL N° 05(T)
La Secretaria
Abg. SARELYS AGUILAR J.
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