En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA justo título de propiedad a favor del ciudadano AMER IZAT SAKHER, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N°: V-26.358.491, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno ubicado en el sector Paso de Tacarigua, asentamiento campesino Rastrojitos, Parroquia José Maria Blanco, Municipio Crespo del Estado Lara, con una extensión de OCHO MIL OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS (8.083 M2)