Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el demandado, solo en lo que respecta a la indemnización por despido injustificado; ya que se verificó que la trabajadora ejercía funciones de dirección, excluida del régimen de estabilidad, conforme lo establece el artículo 87 ultimo aparte de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras.
SEGUNDO: Se modifica la Sentencia recurrida en los términos explanados en la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.