aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: JUANA DEL CARMEN ROJAS de BRITO, SOL MARIELY BRITO ROJAS y PEDRO FERNANDO BRITO ROJAS venezolanos, mayor de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V- 4.197.770, V- 11.546.270 y V- 11.076.337, respectivamente como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de el de cujus PEDRO LEOBALDO BRITO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.528.314, quien falleció ab intestato el 29 de Julio de 2011.-