Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 04 de junio de 2004 por la abogado NEDDIBELL GIMÉNEZ JIMÉNEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 64.765, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, ASOCIACIÓN VENEZOLANA CENTRO OCCIDENTAL DE LOS ADVENTISTAS DEL SEPTIMO DIA, debidamente inscrita ante el Registro Subalterno del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 16 de diciembre de 1995, bajo el N° 46, tomo 16, protocolo 1°, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 27 de mayo del 2004, en la cual declaro con lugar la acción interpuesta.