DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN PRIMER LUGAR, ADMITE la acusación presentada por la Abogada INGRID PEÑA CABRERA, procediendo en este acto con el carácter de Fiscal Auxiliar Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, respectivamente, en uso de las atribuciones que nos confieren los artículos 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus numerales 4 y 5; 34 ordinal 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 108 numeral 4º y 326, 318 numeral 1, estos del Código Orgánico Procesal Penal, presentaron Acusación Penal, en contra la ciudadana: DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31, tercer aparte de la Ley Orgán.....