Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.,
acuerda la EXTINCION DE LA PENA al penado EMIR JOSÉ NUÑEZ SOSA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.794.054,divorciado ocupación latonero, domiciliado en la Urbanización San Rafael, Los Damnificados N° 42-2, Calle Flor de Patria, Vía el Estadio Estado Trujillo, fue condenado por el procedimiento de admisión de los hechos, por el Tribunal Primero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, a cumplir CUATRO 04 AÑOS DE PRISIÓN previsto y sancionado en el artículo 454 del Código Penal vigente a la fecha de la comisión del delito y conforme al artículo 105 del Código Penal.
Notifíquese a las partes. Ofíciese. Cúmplase.