Por las razones expuestas y sobre la base de los hechos y s disposiciones legales citadas en el texto de la presente decisión, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, 1. NO ACEPTA la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida a los adolescentes y , ya identificados, por uno de los delitos Contra las Buenas Costumbre y uno de los delitos Contra las Personas. 2. Se acuerda enviar las presentes actuaciones a la Fiscala Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado Ratifique o Rectifique la solicitud realizada por el Fiscal X del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, abogado Daniel José Quevedo Gudiño. Notifíquese a las partes.-
Publíquese y regístrese, agregándose copia en el copiador de sentencias correspondiente. Dada, sellada y firmada, en Trujillo, Estado Trujillo, a los veintitrés (23) días del mes de julio dos m.....