Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la solicitud de Divorcio, presentada por el ciudadano IVAN DARIO BRAVO TOBAR en contra de CARMEN CARLOTA NELLO PÉREZ, ya antes identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 13 de diciembre de 2002 según acta de matrimonio que se encuentra extendida en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa autoridad, bajo el Nº 29, del año 2002. Se confirman los acuerdos realizados por las partes. En cuanto a la Instituciones familiares, en relac.....