DECISION
Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de EXTENSION DE PENSION DE SOBREVIVIENTE, intentada por la ciudadana MARIANNI DAYANA HERRERA PIRE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.941.422, de este domicilio, asistida por el Abogado MANUEL HORTENCIO MORALES, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº. 9.391, en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS). En consecuencia, se le ordena al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales repartir, y en consecuencia pagar, en partes iguales a la ciudadana Marianni Dayana Herrera Pire y Pastora del Carmen Pire de Herrera la pensión de sobrevivencia que les corresponden como herederas del causante Darío Herrera Pereira, hasta que la primera cumpla los 25 años de edad y mientras constate.....