Por las razones expuestas, este tribunal de Control N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud fiscal , y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano ALONSO DE JESUS CHACOA DURAN del mismo domicilio de la víctima por ,el delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto en el artículo 416 del Código Penal que califica el Ministerio Público, en agravio del ciudadano: FRANCISCO ANTONIO ARAUJO , mayor de edad, 51 años, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V 9.004.155 residenciado en el sector El Amparo, sin número, El Amparo taller de latoneria y pintura cerca del nuevo Centro Comercial, Carvajal, del Estado Trujillo, conforme al artículo 318 numeral 3ª del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones en su oportunidad al archivo central. Déjese .....