Así se declara. En tal virtud este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de acta de defunción, asentada en los Libros llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio y Estado Trujillo, bajo el Nº 110 del año 2008, y los llevados por ante el Registro Principal del Estado Trujillo, en el sentido de que se asiente la respectiva nota marginal indicando que a los niños (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), son hijos del extinto ALBERTO EMIGDIO SARMIENTO ARAUJO