Se ordenó la rectificación del Acta de Matrimonio inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por la Jefatura Civil de Antimano, Prefectura del Municipio Libertador, anotada bajo el Nº 232, año 1.983, y la Oficina de Registro Principal del Distrito Capital, correspondiente al año 1983. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el acta de matrimonio el nombre del cónyuge "JOSÉ RAMÓN", y no "RAMÓN JOSÉ", tal y como fue asentado en el acta cuya rectificación se pretende. A tal efecto, en vez de decir "RAMÓN JOSÉ" debe decir "JOSÉ RAMÓN".-