ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se Califica la detención del imputado JOSE ALEJANDRO VILLARREAL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.320.865, Venezolano, fecha de nacimiento 22-04-1970, de 39 años de edad, estado civil soltero, de ocupación u oficio Comerciante, Hijo de Lorenzo Villarreal y Maria Rivera DOMICILIADO en EL SECTOR LA BOMBITA, CHEREGUE, VIA BUENA VISTA, ARAPUEY, ESTADO TRUJILLO como flagrante de conformidad con el artículo 93 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en función de la denuncia hecha por la Victima el 22/11/2009, se precalifica el hecho como los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA en agravio de la ciudadana MOLINA PERDOMO NORIS JOSEFINA. SEGUNDO: Se ordena el procedimiento especial, de conformidad con el artículo 94 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, al imputado JOSE ALEJANDRO VILLARREAL,, antes id.....